
Normativa Radón Laboral
Real Decreto 1029/2022 e Instrucción IS-47 del CSN
Guía completa sobre la obligación de medir el radón en centros de trabajo. Conozca los plazos, requisitos y cómo calcular el número de detectores necesarios según la normativa vigente.
Marco normativo del radón en lugares de trabajo
El Real Decreto 1029/2022, de 20 de diciembre, establece la obligación de los titulares de actividades laborales de estimar la concentración de radón en determinados lugares de trabajo. Esta normativa transpone la Directiva 2013/59/EURATOM y actualiza el marco de protección radiológica laboral en España.
La Instrucción IS-47 del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN), aprobada en abril de 2025, complementa el Real Decreto estableciendo el listado oficial de términos municipales de actuación prioritaria y las directrices técnicas para las mediciones de radón en centros de trabajo.
El incumplimiento de estas obligaciones puede conllevar sanciones significativas según la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y la normativa de protección radiológica.
Fechas clave y plazos
Conozca las fechas más importantes de la normativa de radón en lugares de trabajo y los plazos de cumplimiento.
Publicación RD 1029/2022
Publicación del Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento sobre protección de la salud contra los riesgos derivados de la exposición a las radiaciones ionizantes.
Entrada en vigor del RD 1029/2022
El Real Decreto entra plenamente en vigor, estableciendo las obligaciones de medición de radón en lugares de trabajo.
Aprobación Instrucción IS-47
El CSN aprueba el listado de municipios de actuación prioritaria y establece las directrices para las mediciones de radón.
Publicación IS-47 en BOE
Publicación oficial de la Instrucción IS-47 en el Boletín Oficial del Estado, iniciando el período de adaptación.
Fin período de adaptación
Fecha límite para que los centros de trabajo en municipios prioritarios inicien las mediciones de radón (6 meses desde publicación).
¿Quién debe medir el radón?
El RD 1029/2022 establece la obligación de medir el radón para diferentes tipos de actividades y ubicaciones.
Lugares de trabajo subterráneos
Obligación de medir en todos los lugares de trabajo subterráneos, independientemente de su ubicación geográfica.
- Minas y canteras
- Túneles y galerías
- Cuevas turísticas o de uso laboral
- Aparcamientos subterráneos con personal
Municipios de actuación prioritaria
Centros de trabajo en planta baja o bajo rasante situados en municipios incluidos en el listado IS-47 del CSN.
- Oficinas en planta baja
- Comercios a pie de calle
- Locales de hostelería
- Centros educativos y sanitarios
Actividades con agua subterránea
Instalaciones donde se procese, manipule o aproveche agua de origen subterráneo.
- Balnearios y spas
- Plantas embotelladoras
- Piscifactorías
- Instalaciones termales
Consulta tu zona de radón
Busca tu municipio para conocer su clasificación de radón
Tabla de detectores según superficie
La Guía de Seguridad 11.04 del CSN establece el número mínimo de detectores a instalar según el tipo de espacio y su superficie.
| Tipo de espacio | Superficie | Detectores |
|---|---|---|
| Oficinas compartimentadas | Por habitación | 1 por despacho |
| Sótanos compartimentados | Por sección | 1 por cuarto |
| Espacios diáfanos | Hasta 1.000 m² | 1 por 200 m² |
| Espacios grandes | 1.000 - 5.000 m² | 1 por 400 m² |
| Espacios muy grandes | Más de 5.000 m² | 1 por 500 m² |
| Cualquier espacio | Menos de 200 m² | Mínimo 2 |
Fuente: Guía de Seguridad 11.04 del Consejo de Seguridad Nuclear
Calculadora de detectores laborales
Calcule el número de detectores necesarios para su centro de trabajo según la Guía de Seguridad 11.04 del CSN.
Calcular detectores necesariosProceso de medición
Pasos a seguir para realizar correctamente la medición de radón en su centro de trabajo.
Verificar obligación
Compruebe si su centro de trabajo está en un municipio de actuación prioritaria o es un lugar subterráneo.
Calcular detectores
Determine el número de detectores necesarios según la superficie y características de su local.
Instalar detectores
Coloque los detectores durante un mínimo de 2 meses (recomendado 3).
Analizar resultados
Envíe los detectores al laboratorio acreditado y reciba el informe con los resultados.
Actuaciones según resultados
Las acciones a tomar dependen de la concentración de radón medida en su centro de trabajo.
Concentración aceptable
< 300 Bq/m³
- No se requieren medidas correctoras
- Conservar el informe de medición
- Programar próxima medición según periodicidad
Supera nivel de referencia
300 - 1.000 Bq/m³
- Declarar la situación al CSN
- Implementar medidas correctoras
- Realizar nueva medición de verificación
- Evaluar la dosis de los trabajadores
Concentración elevada
> 1.000 Bq/m³
- Declarar urgentemente al CSN
- Implementar medidas correctoras inmediatas
- Posible registro como actividad laboral con exposición
- Control dosimétrico de trabajadores
Sanciones por incumplimiento
El incumplimiento de las obligaciones de medición de radón en lugares de trabajo puede conllevar sanciones administrativas según la normativa de prevención de riesgos laborales y protección radiológica.
Cuantía de las sanciones
- Infracciones leves40 € - 2.045 €
- Infracciones graves2.046 € - 40.985 €
- Infracciones muy graves40.986 € - 819.780 €
Preguntas frecuentes
¿Mi empresa está obligada a medir el radón?
+
Debe medir si: 1) Su centro de trabajo está en un municipio del listado IS-47 del CSN y tiene locales en planta baja o bajo rasante, 2) Tiene lugares de trabajo subterráneos (minas, túneles, cuevas), o 3) Procesa agua de origen subterráneo. Consulte el listado oficial del CSN para verificar si su municipio está incluido.
¿Cuál es el plazo para realizar la medición?
+
El plazo de adaptación finalizó el 2 de noviembre de 2025. Los centros de trabajo afectados deben iniciar las mediciones de radón de inmediato. La medición debe durar al menos 2 meses (recomendado 3).
¿Quién puede realizar las mediciones?
+
Las mediciones deben ser realizadas con detectores suministrados y analizados por un laboratorio acreditado según la norma UNE-EN ISO/IEC 17025. Radonova está reconocido por el CSN y cumple todos los requisitos.
¿Cuántos detectores necesito?
+
Depende del tipo y tamaño de su local. En espacios compartimentados, 1 detector por habitación. En espacios diáfanos, 1 por cada 200 m² (hasta 1.000 m²). Mínimo 2 detectores si la superficie es inferior a 200 m². Use nuestra calculadora para un cálculo preciso.
¿Qué pasa si supero los 300 Bq/m³?
+
Debe declarar la situación al CSN, implementar medidas correctoras (ventilación, sellado, despresurización) y realizar una nueva medición para verificar su eficacia. Si supera 1.000 Bq/m³, la declaración es urgente (1 mes) y puede requerir registro como actividad con exposición a radiaciones.
¿Cada cuánto hay que repetir la medición?
+
Si el resultado es inferior a 300 Bq/m³: cada 10 años (o 5 si hay sistemas activos de mitigación). Si se superan los 300 Bq/m³ y se aplican medidas correctoras, hay que medir de nuevo para verificar su eficacia.
¿Canarias está incluida en el listado de municipios prioritarios?
+
Sí, varios municipios de las Islas Canarias están incluidos en el listado IS-47 del CSN. Consulte nuestro mapa interactivo o el listado oficial del CSN para verificar si su municipio está afectado.
¿Necesita medir el radón en su centro de trabajo?
Le ayudamos a cumplir con la normativa laboral de radón. Calculamos los detectores necesarios, realizamos la instalación profesional y gestionamos todo el proceso de medición.

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